Derecho de Familia
Requisitos para
Derecho de Familia
  • Registro civil de matrimonio.
  • Cédulas de ciudadanía de los cónyuges.
  • Escritura de tradición o título de tradición, es decir, el documento mediante el cual se adquirió el inmueble.
  • Comprobantes fiscales de los inmuebles (si existen bienes inmuebles relacionados en la liquidación de sociedad conyugal).
  • Otro tipo de bienes a relacionar: liquidación del impuesto y copia de la tarjeta de propiedad de los vehículos, certificación de la sociedad donde figure propiedad accionaria sencilla o que cotiza en bolsa, para efectos de liquidación de derechos notariales.
  • Si hay pasivos, se deberá adjuntar el documento o documentos auténticos que sirvan de soporte al pasivo declarado.
  • Solicitud suscrita por los interesados donde se indique: designación del notario a quien se dirija, nombres, identificación, edad, domicilio y residencia de los interesados; la manifestación de común acuerdo de la existencia de la unión marital de hecho.
  • Documentación anexa: Copia auténtica de los registros civiles de nacimiento de los interesados, en el evento que los solicitantes tengan hijos menores que no sean de la pareja deben adjuntar inventario solemne de bienes de los menores y de los hijos mayores incapaces. Si los hijos son de la misma unión no será necesario presentar inventario solemne de bienes, pero si los registros civiles de nacimiento de estos.
  • Cédulas de sus padres.
  • NOTA: El trámite de la declaración de unión marital de hecho y la consecuente sociedad patrimonial se podrán realizar en un mismo acto escriturario e incoarse en una misma solicitud siempre que se cumpla con la exigencia de el tiempo de convivencia mayor a dos (02) años.
  • Cédulas de ciudadanía de los cónyuges.
  • Comprobantes fiscales de los inmuebles (si existen bienes inmuebles relacionados en la liquidación).
  • Copia de la providencia judicial, escritura pública o acta de conciliación en la que conste la existencia de la unión marital y de la sociedad patrimonial de hecho Cédulas de ciudadanía de los cónyuges
  • Escritura de tradición o título de tradición, es decir, el documento mediante el cual se adquirió los inmuebles.
  • Comprobantes fiscales de los inmuebles
  • Inventario y avalúo de los bienes y relación del pasivo de la sociedad patrimonial o manifestación de su inexistencia.
  • Liquidación del impuesto y copia de la tarjeta de propiedad de los vehículos certificación de la sociedad donde figure propiedad accionaria sencilla o que cotiza en bolsa, para efectos de liquidación de derechos notariales.

Si hay pasivos, se deberá adjuntar el documento o documentos auténticos que sirvan de soporte al pasivo declarado.

  • Solicitud suscrita por el apoderado de los interesados que deberá ser un abogado titulado y en ejercicio donde se indique: designación del notario a quien se dirija, nombres, identificación, edad, domicilio y residencia de los interesados.
  • Documentación anexa
  1. Copia de la providencia judicial, escritura pública o acta de conciliación en la que conste la existencia de la unión marital, cuando en la solicitud no se pida su declaración

  2. El poder debidamente otorgado, incluyendo expresamente, si así lo deciden, la facultad para firmar la Escritura Pública correspondiente.

  3. El acuerdo suscrito por los compañeros permanentes con la manifestación de voluntad de cesar los efectos civiles de la unión marital de hecho que además contendrá disposiciones sobre el cumplimiento de las obligaciones alimentarias entre ellos, si es el caso. Si se hubiere constituido, el estado en que se encuentra la sociedad patrimonial. Si hubiere hijos menores de edad se informará sobre su existencia y el acuerdo también comprenderá el régimen de custodia y cuidado personal de los menores, alimentos y régimen de visitas con la periodicidad de las mismas y demás exigencias de ley para el caso.

  • Solicitud suscrita por los padres del menor o los guardadores según sea el caso y que contenga: designación del notario a quien se dirija, nombres, apellidos, identificación, edad, nacionalidad, domicilio y residencia de los solicitantes, nombres, apellidos, edad , domicilio, residencia del menor o del mayor incapaz, cédula de ciudadanía de este último, fecha y lugar de nacimiento, número del registro civil de nacimiento y número de la tarjeta de identidad, si fuere mayor de 7 y menor de 18 años; lo que se pretende, identificando el bien o los bienes objeto de la enajenación, con precisión y claridad, y si se trata de bienes inmuebles identificándolos por su ubicación, dirección, número de matrícula inmobiliaria y cédula catastral los, los demás bienes se determinarán por su cantidad, calidad, peso o medida, mencionando su valor estimado. Las razones por las cuales se justifica la necesidad de enajenar el bien o los bienes o una cuota parte los mismos.
  • Documentación anexa: Copia auténtica del Registro civil de nacimiento del(os) menor(es), copia de la providencia mediante la cual el juez competente designó al guardador – curador, con constancia de su ejecutoria, de la debida posesión de aquel y de su vigencia, si hay bienes inmuebles, el certificado de libertad y tradición con fecha de expedición reciente y la factura y/o paz y salvo de impuesto predial para verificación del valor catastral declarado.
  • Advertencias: 1. La solicitud se debe presentar ante el Notario del domicilio del incapaz, 2. La autorización para enajenación de bienes de los incapaces tendrá una vigencia de 6 meses. 3. Si lel(los) menor(es) y/o mayor incapaz es hijo de la misma pareja que pretende casarse o declarar la unión, no se deberá surtir este trámite.
  • Solicitud escrita donde se indique el Notario a quien se dirija, nombres, identificación, edad, domicilio y lugar de nacimiento de los interesados; relación de los bienes del menor y/o mayor incapaz que estén siendo administrados con indicación de los mismos y lo que se pretende, identificando el bien o los bienes con claridad, si se trata de bienes inmuebles identificándolos por su ubicación, dirección, número de matrícula inmobiliaria y cédula catastral, mencionando su valor catastral, los demás bienes se determinarán por su cantidad, calidad, peso o medida, mencionando su valor estimado. Si no existen bienes en cabeza del menor y/o mayor incapaz, indicar tal circunstancia, caso en el cual, el curador nombrado sólo deberá realizar una declaración extrajuicio en tal sentido.
  • Anexos: Copia auténtica del Registro civil de nacimiento del(os) menor(es) y/o mayor incapaz. Si corresponde, aportar los documentos para acreditar el derecho de dominio de los menores o mayores incapaces sobre los bienes relacionados.

Advertencias:

  1. La solicitud se debe presentar ante el Notario del círculo donde vaya(n) a contraer matrimonio o donde se vaya a declarar la unión marital de hecho, sociedad patrimonial de hecho o ante el Notario del domicilio del solicitante.
  2. El inventario solemne de bienes y la declaración extrajuicio de inexistencia de bienes tendrá una vigencia de 6 meses.
  3. Si el(los) menor(es) y/o mayor incapaz es hijo de la misma pareja que pretende casarse o declarar la unión, no se deberá surtir este trámite.

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